La legalización de documentos académicos originales que han de surtir efectos en el extranjero, es un proceso convenido con carácter internacional, que requiere previamente el reconocimiento de firmas por parte de las correspondientes Autoridades españolas.
Documentos objeto de reconocimiento de firmas por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:
Instrucciones y desglose de documentos 
Normativa aplicable: Orden Ministerial de 16 de abril de 1990
, sobre legalización de documentos académicos españoles que han de surtir efectos en el extranjero.
Como se desprende de la normativa solamente los documentos universitarios de carácter oficial serán objeto del reconocimiento de firmas en este Ministerio, el resto de los documentos académicos se legalizarán mediante vía notarial.
Los documentos siempre serán originales.
Las certificaciones académicas deberán ir con firma manuscrita y con indicación del cargo y nombre completo, no se reconocerán rúbricas firmadas por Orden, Ausencia o Autorización.
Los programas deberán presentarse acorde a las siguientes instrucciones. 
Los documentos citados deben ser legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. No obstante, para los países firmantes del Convenio de la Haya de 8 de octubre de 1961, se establece un procedimiento simplificado.
Nota: Cuando la documentación la presente un tercero deberá aportar una autorización del titular de los documentos.

Nota: El interesado deberá indicar en la solicitud el domicilio a efectos de notificaciones y si desea que esta Unidad continúe el trámite en el Ministerio de Justicia o en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación según corresponda. En este último caso, esto es para la tramitación ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, por ser exigido por este Departamento, deberán siempre presentarse los documentos objeto de legalización acompañados de un sobre Postal Exprés en el que figure la dirección de destino y un estuche cilíndrico para el caso de los títulos o los diplomas. Si no se cumplen todos los requisitos exigidos se procederá única y exclusivamente a la devolución de los documentos legalizados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, debiendo el interesado continuar por sus propios medios el trámite ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Para consultas diríjase a : legalizacion@mecd.es
Nota: Desde este buzón se contestarán únicamente las cuestiones específicas sobre legalización, para cualquier otro tema debe utilizar los servicios de Atención al ciudadano.