La necesaria interrelación entre formación e investigación pasa por el establecimiento de una nueva política de tercer ciclo. Se entiende por doctorado el tercer ciclo de estudios universitarios oficiales, que tiene por finalidad la formación avanzada del doctorando en técnicas de investigación.
El doctorado es el inicio de la carrera investigadora. Así se contempla en la Carta Europea del Investigador que fue elaborada por la Comisión Europea el marzo de 2005 y que constituye un documento fundamental para el Espacio Europeo de Investigación.
En este sentido, se ha avanzado en la regulación de la figura del investigador en formación, a través del artículo 8 del Estatuto del Personal Investigador en Formación del RD 63/2006, del borrador de la nueva Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como en el borrador del Estatuto del Personal Docente Investigador (PDI). También en el Programa Erasmus Mundus se recogen acciones dirigidas a la creación de doctorados conjuntos internacionales y a la movilidad internacional de doctorandos.
El grupo de trabajo creado en el Ministerio ha confeccionado las bases de borrador de Real Decreto de Doctorado que pone el acento en la íntima relación entre el doctorado y la formación en investigación, la separación entre los estudios y la formación de Máster o segundo ciclo, y la formación de Doctorado o tercer ciclo, además de reforzar la dimensión europea e internacional del Doctorado, relacionándolo también con las acciones desarrolladas en el programa Erasmus Mundus.
En las primeras semanas de 2010 el borrador ha sido presentado a expertos de campos diversos a fin de recoger comentarios críticos desde diferentes perspectivas con los que avanzar hacia la redacción final.
Por otro lado, en diferentes reuniones a lo largo de los últimos meses de 2009 se han podido armonizar las áreas concernientes al inicio de la carrera investigadora de la nueva Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación con las propuestas del borrador del Real Decreto sobre el Doctorado.
Por lo que se refiere a la movilidad, el Consejo de Competitividad de Diciembre de 2008 adoptó la Visión del EEI para 2020, con implantación de la 5ª libertad: la libre circulación de investigadores, conocimiento y tecnología y una gobernanza efectiva y eficiente para la I+D con valor añadido y promoción de la competición al tiempo que se aseguran los niveles adecuados de cooperación y coordinación para responder a las necesidades de la sociedad y contribuir al desarrollo sostenible y la Competitividad de Europa.
En este contexto, la adaptación de las universidades al EEI pasa por la implantación efectiva de su agenda de modernización, con realización de las reformas curriculares, de financiación y de gobernanza necesarias.
Se deben poner en práctica los principios sobre movilidad y carrera de los investigadores y de gestión de la propiedad intelectual y transferencia de conocimiento. De esta forma las universidades contribuirán al desarrollo de la 5ª libertad y a la implantación real del Espacio Europeo de Investigación, que junto con el proceso de construcción del EEES y la nueva Estrategia Europea de Innovación, constituirán las bases de un Espacio Europeo de Conocimiento del que las universidades deben ser un pilar fundamental.
También es necesario conceder el papel que se merecen las Universidades en la futura Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación ya que la LOU, Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. 24/12/2001), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, (B.O.E. 13/04/2007). Necesita ser complementada en aquellos aspectos de fomento de la I+D+i, que faciliten que la universidad esté al servicio de una sociedad cada vez más desarrollada y tecnológica y se relacione con un sistema productivo con el que colabore para sustentar su vertiente innovadora.
Las Universidades, responsables del 73,5% de la producción científica en 2007 (SCImago Institutions Rankings World Report 2009), están especialmente necesitadas del marco legal general ya que, a pesar de la existencia de la LOU, hay aspectos como la coordinación inter-territorial que no está asegurada, pues la necesaria formación de equipos de investigación con suficiente masa crítica recae en la voluntad individual de los profesores. Además, las carreras investigadoras deberían estimularse en paralelo a las docentes, así como reconocer y fomentar la transferencia de resultados y la innovación junto con alianzas público-privadas estables o la compatibilidad entre la carrera docente-investigadora y la participación en empresas de base tecnológica.
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