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Estudiantes universitarios

La EU2015 es también un instrumento de impulso para potenciar el factor de calidad para la formación integral, servicios y programas de atención a los estudiantes (deportes, lingüísticos, voluntariado, bibliotecas, movilidad etc.). Se trata de que los estudiantes sean el centro del proceso de aprendizaje en una perspectiva de educación continua y considerarse como actores activos en el proceso educativo, garantizando los procesos de participación y representación.

Se están articulando las medidas para garantizar el acceso universal a los estudios universitarios, independientemente de su procedencia social, económica o cultural, así como respaldar la permanencia exitosa en la Universidad, la movilidad, la obtención de las titulaciones consiguientes y el acercamiento al mundo laboral en las mejores condiciones en que ello sea posible, constituyen objetivos prioritarios del sistema universitario europeo, y de España, en particular.

Así se ha reflejado en los trabajos llevados a cabo en el seno de la EU2015, plasmado en las sucesivas declaraciones ministeriales, y en el Estatuto del Estudiante Universitario. Dicha Estrategia ratifica ahora su compromiso con este objetivo general, explicitando las metas y objetivos específicos más relevantes en esta dirección.

1. La formación y la docencia. Actuaciones en relación con el acceso, la permanencia y la finalización de los estudios.

  • Generalización y mejora de los sistemas de información, orientación y acogida.
  • Recursos financieros y servicios de apoyo suficientes, a través de la política de becas y ayudas al estudio, dirigida a hacer efectiva la igualdad de oportunidades y la inclusividad.
  • Flexibilización de los sistemas de acceso, permanencia y reconocimiento.
  • Apoyo a la formación de postgrado y al aprendizaje a lo largo de toda la vida.

2. Actuaciones en relación con la movilidad y la inserción laboral

  • Apoyo a la movilidad. La minimización de las barreras a la movilidad, sean éstas de tipo económico, social, o propiamente académicas, se apoyan, además, en el fomento activo de los valores, actitudes y comportamientos favorables a la apertura intercultural y cosmopolita, sobre la base, a su vez, del respeto, la tolerancia y el diálogo.
  • Apoyo a la inserción laboral. La responsabilidad pública respecto de la educación debe prologarse en un respaldo activo a la inserción laboral de sus egresados, lo que resulta aún más relevante en un contexto de elevado desempleo. Es fundamental crear un denso tejido institucional, como producto de la colaboración entre las universidades y las entidades públicas y privadas, contando con el respaldo del Gobierno, así como del conjunto de administraciones públicas, a fin de ofrecer un puente seguro por el que transitar en este crucial momento de salida al mundo del trabajo.

Entre las preocupaciones del Gobierno y los responsables autonómicos de la Educación Superior Universitaria se encuentran la equidad territorial del sistema de becas y ayudas universitarias y la integración de estas políticas con la estructura de precios, así como el rendimiento académico de los estudiantes.

La disposición adicional vigésima segunda de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, que modifica la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades establece la creación de un observatorio de becas y ayudas al estudio. Sus funciones principales son velar y contribuir a la mejora de la equidad, la eficiencia, la eficacia y la transparencia del SUE.

El Observatorio Universitario tiene el objetivo adicional de contribuir a que el colectivo de estudiantes conozca el esfuerzo económico en el ámbito de las becas y ayudas al estudio, así como la mejora de las modalidades y de los umbrales y en la comunicación social de los resultados.

El 22 de noviembre de 2010 se celebró la reunión de constitución del Observatorio Universitario de Becas, Ayudas al Estudio y Rendimiento Universitario como órgano de asesoramiento que estudiará y analizará los resultados de los programas de becas y ayudas en materia universitaria con el objetivo de poder contribuir a la mejora de la equidad, eficiencia, eficacia y transparencia del sistema Universitario Español. Este Observatorio, también permitirá conocer la distribución del gasto en becas y su impacto en la formación.

Se está estimulando que los estudiantes sean más activos en el aula, espacio que requerirá a su vez de un proceso de replanteo, renovación y modernización, y que puedan desarrollar una aproximación proactiva a su formación, mediante el trabajo permanente y aplicado con la tutoría y asesoramiento permanente de los profesores. También en la reforma de la LOU, la participación de los estudiantes en al vida universitaria constituye uno de los puntales. La LOMLOU sitúa a los estudiantes en el centro del sistema educativo y quiere ofrecerles un marco institucional para su participación en la vida universitaria.

Este nuevo marco la EU2015 está impulsando la participación social y en política universitaria de los estudiantes, así como la puesta en marcha de canales de participación en los diferentes ámbitos de la vida universitaria.

  • La participación representativa en los órganos de gobierno de las Universidades.
  • La participación en la definición de los propios proyectos estratégicos, entre los que se incluyen las mejoras en campus universitarios.
  • La participación asociativa en asociaciones de tipo cultural, deportivo, voluntariado, etc.
  • La participación a través de los Consejos de Estudiantes de las Universidades.
  • La participación en la elaboración de los planes de estudio de las titulaciones.
  • Participación en los procesos de evaluación de la calidad docente.
  • La participación como parte de la formación integral de los estudiantes
  • La participación en diferentes espacios: entidades, elecciones, espacios de representación institucional.
  • La participación en procesos de tutoría de los nuevos estudiantes y de soporte y colaboración a estudiantes con necesidades educativas especiales.

Por lo tanto las actuaciones que están siendo acometidas dentro de la Estrategia Universidad 2015 tienen que ver con:

  • Definición de políticas para fomentar la participación de los estudiantes.
  • Establecimiento de ámbitos y estilos concretos de participación.
  • Potenciación de los mecanismos de información que permitan dar a conocer a los estudiantes la compleja realidad institucional y en la que se destaquen los espacios, órganos, momentos y posibilidades de participación.
  • Establecimiento de los mecanismos de reconocimiento de la participación.
  • Definición del apoyo institucional a los diferentes mecanismos de participación (portales de estudiantes, elecciones de representantes en los órganos de gobierno, Blocs, Solidaridad, Actividades culturales, artísticas, deportivas, radios, televisión, prensa, asociacionismo, consejo estudiantes, etc.)
  • Convocatoria de subvenciones para Asociaciones juveniles y a Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional.
  • Apoyo a la internacionalización de nuestra representación estudiantil universitaria.
  • Formación sobre la participación, política universitaria y la gobernanza.

En este sentido, el 26 de abril de 2010 se presentó al Consejo de Universidades y a la Conferencia General de Política Universitaria el borrador de RD de Estatuto del Estudiante Universitario.

Finalmente, el Consejo de Ministros ha aprobado el 30 de diciembre de 2010, a propuesta del Ministerio de Educación, el Real Decreto por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, que garantiza la participación del alumnado en la política y la gestión de las universidades.

El Estatuto del Estudiante Universitario establece mecanismos para aumentar la implicación y participación de los estudiantes en la vida universitaria y en el diseño de sus políticas estratégicas. Representa avances de gran relevancia, entre los que se pueden mencionar:

Progresa en la declaración de los derechos y deberes de los estudiantes.
Define la orientación al estudiante y la configuración de sistemas tutoriales desarrollados por el profesorado y el personal especializado.

Describe la Atención al Universitario como clave para la formación integral del estudiante.

Describe la programación docente del estudiante de enseñanzas que conducen a la obtención de un título oficial, definiendo la naturaleza de las prácticas externas y regulando el derecho a una evaluación objetiva, así como a la comunicación y revisión de las calificaciones.

Regula la representación estudiantil dentro de las universidades, así como su participación en organizaciones nacionales e internacionales.

Presta atención al fomento de la convivencia y la corresponsabilidad en la universidad. Contempla la creación de comisiones de corresponsabilidad universitaria formadas por estudiantes, profesores y personal de administración y servicios, y describe la colaboración del estudiante con el Defensor Universitario, que podrá asumir tareas de mediación y conciliación.
Incluye la actividad física y deportiva y la formación en valores como componentes de la formación integral que las universidades deben proporcionar a los estudiantes.

Consejo de Estudiantes Universitario del Estado


El Estatuto crea también un Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado, canal directo de representación ante el Ministerio de Educación similar al que existe para los rectores (Consejo de Universidades) y para las Comunidades Autónomas (Conferencia General de Política Universitaria). Entre sus competencias se encuentran:

  • Informar los criterios de las propuestas políticas del Gobierno en materia de estudiantes universitarios.
  • Ser interlocutor válido ante el Ministerio de Educación.
  • Contribuir activamente a la defensa de los derechos de los estudiantes.
  • Velar por la adecuada actuación de los órganos de gobierno de las universidades en lo que se refiere a derechos y deberes de los estudiantes
  • Recibir y, en su caso, dar cauce a las quejas que le presenten los estudiantes universitarios.
  • Elevar propuestas al Gobierno.

El Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado se ha constituido el 5 de abril de 2011 como órgano de deliberación, consulta y participación de los estudiantes universitarios ante el Ministerio de Educación. Se reunirá en pleno un mínimo de 3 veces al año, y realizará un informe bienal de actividades y diagnóstico del sistema universitario español.

El Consejo está formado por 3 representantes del Ministerio de Educación, 5 expertos designados por el ministro de Educación y 78 representantes de los estudiantes, pudiendo ser en el futuro hasta 101 cuando se complete.

Se prevén distintas vías para la elección de los estudiantes que serán miembros del Consejo: algunos proceden de los consejos de estudiantes de las universidades (habrá uno por cada universidad, tanto pública como privada), otros proceden de las confederaciones y federaciones de las asociaciones con presencia en el Consejo Escolar del Estado. El CEUNE contará además con un estudiante por cada uno de los Consejos Autónomicos de Estudiantes, así como con representantes de asociaciones que persigan fines de interés general (siempre tendrán que ser estudiantes universitarios). En su composición, el CEUNE procurará atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.


Una aspiración de la comunidad estudiantil

La aprobación del Estatuto del Estudiante Universitario era uno de los principales objetivos del Ministerio de Educación dentro del eje "gobernanza" de la Estrategia Universidad 2015, así como una aspiración de los colectivos de estudiantes españoles desde hace décadas. Su aprobación se produce después de alcanzar el consenso sobre la redacción del texto con los principales agentes implicados de la comunidad universitaria: rectores, comunidades autónomas, representantes de alumnos y docentes.

En las reuniones para la elaboración del Estatuto han participado durante meses las principales asociaciones, federaciones y confederaciones de estudiantes de España, así como la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (la CRUE, junto con su Red Universitaria de Asuntos Estudiantiles, RUNAE), el Consejo de Universidades y la Conferencia General de Política Universitaria entre otros.

El objetivo es involucrar a los estudiantes (que representan el 90% de la comunidad académica) como socios reales en las estructuras de toma de decisiones de la educación superior, así como en los debates políticos y presupuestarios. Tras la aprobación del Estatuto, le corresponderá a la comunidad universitaria, en ejercicio de su autonomía, desarrollar los diferentes aspectos

  1. Definición del concepto de estudiante. Utilizando un concepto amplio del estudiante, como toda persona que sigue algún tipo de estudios en la universidad, se revisará la sistematización de los derechos recogidos en el Estatuto, para dejar mejor tipificados cuáles se refrieren a todos los estudiantes, y cuáles tienen un carácter específico según el tipo de estudios que se curse (grado, máster y doctorado, formación continua, etc.).
  2. Compromiso de regulación por Ley del régimen disciplinario. La articulación del régimen disciplinario para el colectivo de los estudiantes universitarios es una necesidad que debe ser resuelta en un futuro próximo. El Estatuto incluirá una disposición con el compromiso de regulación por Ley del régimen disciplinario. Paralelamente, el Estatuto incluirá artículos orientados hacia la promoción de la convivencia activa, subrayando los aspectos éticos, sociales de la misma desde una perspectiva de corresponsabilidad.
  3. Composición pactada del Consejo de Estudiantes. El Consejo de Estudiantes será el marco en el que se definan las nuevas relaciones entre los estudiantes, las administraciones (Conferencia General de Política Universitaria, AGE) y las propias instituciones universitarias (Consejo de Universidades); tendrá una visibilidad institucional con una comunicación en paralelo y complementaria al de las asociaciones estudiantiles. La regulación de este Consejo contará con la representación estudiantil de las universidades y con participación de representantes de los consejos autonómicos de estudiantes.

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