A través de este servicio se puede solicitar la homologación de los títulos universitarios obtenidos en el extranjero. También permite la consulta posterior del estado de la tramitación de su expediente tras la cumplimentación de la solicitud y de la presentación de la misma en un registro oficial.
Titulados universitarios que hayan realizado sus estudios en el extranjero.
El pago de la tasa es imprescindible para iniciar el procedimiento.
Se accede al servicio para la descarga, impresión y cumplimentación del documento para su posterior presentación en un registro público
La homologación otorga en España validez oficial a los títulos de educación superior obtenidos en el extranjero. Un título extranjero homologado posee los mismos efectos del título o grado académico español al cual se homologa, en todo el territorio nacional. Diferencias entre homologación y reconocimiento
Los documentos necesarios son los siguientes:
Los documentos anteriores son imprescindibles para iniciar el procedimiento, posteriormente si se necesita documentación adicional le será solicitada.
Todos los documentos que se aporten a este procedimientos deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate.
Las autoridades competentes para la compulsa de las fotocopias de los documentos son:

En cualquier registro público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunos de las Administraciones Locales (numerosos Ayuntamientos han suscrito convenios que les permiten actuar como registro público).
Las resoluciones de homologación de títulos extranjeros de educación superior se formalizarán mediante credencial expedida por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
913277681
http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/atencion-al-ciudadano.html